El RITEL es el reglamento técnico que obliga a que toda vivienda nueva en copropiedad nazca con la infraestructura lista para recibir televisión, internet y telefonía. No es una recomendación ni una buena práctica: es una condición para poder entregar el proyecto.
Qué regula exactamente
RITEL significa Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones. Lo expide la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y define las condiciones mínimas de diseño y construcción de dos cosas dentro del inmueble:
- La infraestructura soporte — cámaras, canalizaciones, cuartos, gabinetes y cajas por donde después pasarán los cables de cualquier operador.
- La red interna — el cableado que llega hasta la toma de cada apartamento, incluida la red de acceso al servicio de Televisión Digital Terrestre (TDT).
La lógica del reglamento es sencilla: el edificio se entrega preparado para que cualquier proveedor de servicios pueda entrar sin romper muros ni improvisar bandejas. Por eso la cámara de entrada, por ejemplo, debe quedar vacía: es el punto por donde ingresan los operadores, no un sitio para alojar empalmes o equipos del constructor.
A quién le aplica
Aplica a obra nueva de vivienda sometida al régimen de propiedad horizontal. Si el proyecto es un conjunto residencial, una torre de apartamentos o una agrupación de casas en copropiedad, el RITEL entra. Para el componente de TDT, la obligación rige para todas las obras nuevas desde el 1 de julio de 2019.
El marco normativo, resolución por resolución
- Resolución CRC 4262 de 2013 — adopta el RITEL, que después queda incorporado al Título VIII de la Resolución CRC 5050 de 2016.
- Resolución CRC 5405 de 2018 — lo modifica buscando equilibrio entre exigencia y costo.
- Resolución CRC 5993 de 2020 — ajusta plazos y condiciones de aplicación.
- Resolución CRC 6771 de 2022 — actualiza especificaciones técnicas de gabinetes, cajas y elementos de la red.
- Resolución CRC 7930 de 2025 — expedida el 12 de septiembre de 2025, reescribe por completo el reglamento y rige desde el 1 de julio de 2026.
Ojo con qué norma le aplica a su proyecto
La 7930 aplica a los inmuebles de vivienda en propiedad horizontal que, al 1 de julio de 2026, no tengan licencia de construcción, ni radicado de licencia, ni preventa iniciada. Los que ya superaron cualquiera de esos tres hitos continúan bajo la 5405 de 2018 y sus modificaciones. Lo desarrollamos en detalle en la guía de la Resolución 7930.
El reglamento se apoya además en normas técnicas colombianas: la NTC 3608 para armarios, cajas de dispersión, gabinetes y pedestales, y la NTC 5797 de infraestructura común de telecomunicaciones, entre otras.
La regla que más caro sale olvidar: la tubería es exclusiva
El reglamento lo dice en cada tramo de la red, con las mismas palabras: en las canalizaciones «se alojarán exclusivamente redes de telecomunicación», y «los ductos y elementos de estas canalizaciones son exclusivamente para los servicios de telecomunicaciones en el inmueble». No se comparten con eléctrico, ni con citofonía, ni con nada.
No siempre fue así, y ahí está el problema. La Resolución 5993 de 2020 permitía compartir la tubería de la TDT con otras redes; la 6771 de 2022 lo prohibió. Un proyecto construido bajo la norma de 2020 con tubería compartida no puede acogerse a la de 2022 sin rehacer la canalización, y esa incompatibilidad ha dejado atrapados a proyectos enteros: no pueden certificar bajo la norma vieja porque falta algo, ni bajo la nueva porque la tubería no cumple.
Si tu proyecto es de esos años, conviene revisarlo antes de contratar la inspección.
Qué exige en la obra, elemento por elemento
Estos son los componentes que un constructor va a ver aparecer en los planos y que un inspector va a medir con cinta métrica en mano:
- Cámara de entrada. Punto de ingreso de los operadores. Dimensiones internas mínimas de 600 mm de ancho × 600 mm de largo × 500 mm de profundidad; si el andén es más angosto que 600 mm, la cámara toma el ancho del andén. En paso vehicular puede optarse por 800 × 1.200 × 1.200 mm. No se permite alojar dentro equipos, empalmes ni reservas de cable.
- Canalización externa. Sigue las recomendaciones de la NTC 5797 y el artículo 3.17.6 del Libro 3 del RETIE. Las curvas llevan radio mínimo de 500 mm en la pared interior.
- SETI — Salón o gabinete de equipos de telecomunicaciones inferior. Va en el primer piso donde inician las viviendas, en el inmediatamente anterior, o en el nivel de descarga cuando el acceso no es por el primer piso. Puede resolverse como salón en mampostería o como gabinete metálico: la norma da las mismas dimensiones a los dos, y dependen del número de cajas PAU que sirvan (hasta 60 PAU: 2.000 × 1.000 × 500 mm; de 61 a 90: 2.000 × 1.500 × 500; más de 90: 2.000 × 2.000 × 500).
- Canalización de distribución y de dispersión. La vertical que sube por el buitrón y la horizontal que reparte hacia cada vivienda. Con una condición que el reglamento repite en cada tramo: los ductos son exclusivamente para redes de telecomunicaciones. No se comparten con nada más.
- Gabinetes de piso. Alojan la transición entre distribución y dispersión. Especificaciones según NTC 3608 y Resolución 6771 de 2022.
- Cajas de paso. La 7930 no fija un catálogo de tipos: exige que tengan el volumen suficiente para manipular el cableado según el diámetro del tubo y que en ningún caso midan menos de 100 mm de ancho o de largo. Van en tramos rectos y no pueden reemplazar a una curva. Las tapas llevan malla electrosoldada D84 y concreto de 2.000 PSI; 4.000 PSI si hay paso de vehículos, y también las circulares.
- Red de captación TDT. Antena, mástil y su puesta a tierra en cubierta.
- Punto de acceso al usuario y tomas. El final del recorrido dentro del apartamento.
Hay reglas de trazado que conviene tener presentes desde el anteproyecto, porque corregirlas después implica demoler: máximo dos curvas entre cajas de paso y una caja cada 15 metros de recorrido.
La inspección: quién revisa y qué pasa si no cumple
El cumplimiento no se autodeclara. Un organismo de inspección acreditado visita la obra, levanta un acta de apertura, inspecciona por rondas —apartamento por apartamento, urbanismo, gabinetes, canalizaciones, SETI y red de captación— y emite un dictamen.
Cuando aparecen no conformidades, el proyecto tiene 90 días calendario desde el cierre del acta para corregirlas. Si el plazo vence sin subsanar, el dictamen se emite como NO aprobado y se reporta a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Es posible pedir prórroga, pero hay que solicitarla por escrito y con justificación técnica antes de que se cumplan los 90 días.
Un detalle que se pasa por alto: quién firma
El reglamento distingue entre quien ejecuta y quien firma. El diseño y la instalación los puede adelantar personal capacitado, pero la responsabilidad recae en el profesional con matrícula vigente que firma el diseño y la certificación. Elegir bien quién firma es tan importante como elegir quién instala.
Dónde suele salir caro
En nuestra experiencia acompañando proyectos, los sobrecostos casi nunca vienen del equipo: vienen de decidir tarde. Un SETI ubicado en un segundo piso de parqueaderos, una cámara de entrada donde alguien dejó un empalme, un mástil sin puesta a tierra viable, una canalización que no cabe en la losa proyectada. Todo eso se resuelve en el plano con un ingeniero que entienda cómo se construye — o se resuelve en obra, con martillo.
Fuentes. Resolución CRC 7930 de 2025, publicada por la Comisión de Regulación de Comunicaciones, y el Título VIII y el Anexo 8.1 de la Resolución CRC 5050 de 2016. Los datos técnicos de este artículo se contrastaron uno a uno contra el texto oficial.
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Preguntas frecuentes
Las que más nos llegan sobre este tema. Si la tuya no está, pregúntala abajo.
¿A qué proyectos aplica el RITEL?
A obra nueva de vivienda sometida al régimen de propiedad horizontal. No aplica a vivienda unifamiliar aislada ni a edificaciones de uso exclusivamente comercial u hotelero.
¿Quién certifica que se cumplió?
Un organismo de inspección acreditado por el ONAC. No lo certifica el diseñador, ni el constructor, ni el instalador.
¿Qué pasa si no se certifica?
El proyecto no puede entregarse formalmente con la infraestructura de telecomunicaciones en regla. En la práctica se convierte en un bloqueo al final de la obra, cuando corregir cuesta el doble.
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