El 12 de septiembre de 2025 la CRC expidió la Resolución 7930. No modificó artículos sueltos como las anteriores: reescribió el reglamento entero. Rige desde el 1 de julio de 2026 y cambia lo que cuesta cablear una vivienda.
Qué es y por qué importa
El RITEL nació con la Resolución CRC 4262 de 2013 y quedó incorporado al Título VIII de la Resolución CRC 5050 de 2016. Después se fue ajustando: la 5405 de 2018 lo modificó buscando equilibrio entre exigencia y costo, y la 5993 de 2020 y la 6771 de 2022 atendieron puntos susceptibles de mejora. Esas tres tocaban artículos puntuales. La 7930 de 2025 reescribe por completo el Anexo 8.1 —el texto técnico que define cómo se diseña y se construye la red interna—, así que no basta con leer las diferencias: hay que volver a leer la norma.
La pregunta que hay que responder primero: ¿a mi proyecto le aplica?
El artículo 8 fija una regla de corte con tres condiciones. La 7930 aplica a los inmuebles de vivienda en propiedad horizontal que, al 1 de julio de 2026, cumplan las tres a la vez:
- no tienen licencia de construcción como obra nueva,
- no han radicado la solicitud de licencia en legal y debida forma, y
- no han iniciado la etapa de preventa.
Si el proyecto ya superó cualquiera de los tres hitos antes de esa fecha, sigue con el reglamento anterior (5405 de 2018 y sus modificaciones, la última la 6771 de 2022).
Donde esto muerde es en los proyectos que hoy están en diseño y radicarán licencia después de julio de 2026: diseñar con la norma vieja significa rehacer el diseño. Vale la pena confirmar la fecha de radicación antes de contratar el diseño, no después.
Cambio 1 — Los rangos de precio se mueven de 280 a 500 smmlv
Es el cambio con más impacto económico y el que menos se comenta. Desde 2018 el RITEL clasifica las viviendas por rango de precio, y de ese rango depende cuántas tomas de TDT hay que cablear. La 7930 mantiene tres rangos pero amplía la franja media hasta 500 smmlv:
- VIS: una toma de TDT cableada en uno de cada cuatro espacios habitacionales o fracción.
- Superior a VIS y hasta 500 smmlv: una toma por cada tres espacios habitacionales, sin contar cocinas.
- Más de 500 smmlv: una toma por cada dos espacios habitacionales, y tres cajas de toma de usuario por espacio (antes eran cuatro).
Un ejemplo concreto. Un apartamento de 350 smmlv, con la norma vigente, está por encima de los 280 smmlv y necesita una toma en cada espacio habitacional. Con la 7930 ese mismo apartamento cae en la franja media y pasa a una toma por cada tres espacios. En un apartamento de tres espacios, eso es pasar de tres tomas a una.
Multiplíquelo por 400 apartamentos y entenderá por qué conviene pedir las cantidades bajo las dos normas antes de comprar material.
Cambio 2 — Dónde van las tomas
La norma no sólo dice cuántas: también dónde.
- Cuando hay más de una toma, al menos dos deben ir en sala-comedor y habitación principal.
- Salones comunales: mínimo una toma en cada uno.
- Viviendas unifamiliares de dos o más pisos: mínimo una toma en un espacio de cada piso.
Cambio 3 — La obra civil también se ajusta
Hay tres puntos que conviene llevar al diseño arquitectónico y no descubrir en obra:
- Cámaras y cajas de paso bajo tráfico vehicular: tapa vaciada en concreto de 4000 PSI (280 kg/cm²) con refuerzo en malla electrosoldada. En zona peatonal se mantiene el estándar de 2000 PSI.
- Salones y gabinetes de equipos: protegidos de la humedad y a un mínimo de 2 metros de transformadores, máquinas de ascensor, equipos de aire acondicionado o cualquier fuente de interferencia electromagnética. Ese despeje hay que reservarlo en el plano; en obra ya no existe.
- Canalización externa: tubería de mínimo 3 pulgadas, dimensionada según el número de cajas PAU de la copropiedad.
La resolución también contempla expresamente el salón de equipos único (SETU) para conjuntos de unidades privadas individuales —casas en conjunto cerrado, por ejemplo— o cuando el diseñador lo decida así.
Cambio 4 — Se puede certificar por partes
Este es el que más alivia el flujo de caja de un constructor. Si una unidad habitacional está terminada pero faltan zonas comunes, el organismo evaluador puede expedir una certificación parcial de unidad habitacional. Con ella el operador ya puede instalar internet, televisión y telefonía en esa unidad, informando a la CRC y a la SIC.
El constructor tiene después un plazo máximo de dos años para conseguir la certificación plena del inmueble completo.
Un requisito viejo que sigue frenando expedientes
No lo estrena la 7930, pero la ratifica: quien diseña tiene que acreditar formación específica.
- Infraestructura soporte: no menos de 35 horas de formación certificada en diseño y dimensionamiento.
- Red de acceso TDT: no menos de 25 horas.
Esos certificados, con la matrícula profesional del diseñador y del implementador, hacen parte del expediente que revisa el organismo de inspección. Es de los papeles que aparecen tarde y detienen la certificación cuando la obra ya está terminada.
Y los productos
Los productos de la infraestructura soporte deben demostrar conformidad con certificado de un organismo acreditado por el ONAC. Para los consumibles de la red TDT, la norma admite declaración de conformidad de primera parte del fabricante, bajo la NTC-ISO/IEC 17050-1. Pedir esos documentos al comprar, y no al certificar, ahorra semanas.
Qué haría yo si tengo un proyecto en 2026
- Confirmar con jurídica la fecha real de radicación de licencia. De ahí sale qué norma aplica.
- Si cae bajo la 7930, pedir el diseño con la norma nueva desde el primer trazo.
- Pedir las cantidades bajo las dos normas y comparar antes de cerrar la compra de material.
- Verificar hoy que el diseñador tiene sus 35 y 25 horas vigentes.
- Exigir declaraciones de conformidad con la orden de compra, no al final.
Fuentes. Resolución CRC 7930 de 2025, publicada por la Comisión de Regulación de Comunicaciones, y el Título VIII y el Anexo 8.1 de la Resolución CRC 5050 de 2016. Los datos técnicos de este artículo se contrastaron uno a uno contra el texto oficial.
En Santely diseñamos, suministramos e instalamos bajo las dos normas y acompañamos la inspección hasta el acta de cierre. Cuéntanos en qué fecha radicas licencia y te decimos cuál te aplica.
Preguntas frecuentes
Las que más nos llegan sobre este tema. Si la tuya no está, pregúntala abajo.
¿Desde cuándo tengo que diseñar con la Resolución 7930 de 2025?
Rige desde el 1 de julio de 2026. La fecha que manda es la de radicación de la licencia, no la de inicio de obra: un proyecto radicado antes sigue con el reglamento anterior salvo que el régimen de transición diga otra cosa para tu caso concreto.
¿Tengo que rehacer un diseño que ya estaba aprobado?
Si la licencia se radicó bajo el reglamento anterior, no. El problema aparece en proyectos que se radican justo en la frontera o que cambian de etapa: ahí conviene revisar el diseño antes de comprar materiales.
¿Cambian las cantidades de material?
Sí, porque se movieron los rangos de precio de vivienda que definen cuántas tomas hay por unidad. Un proyecto que antes quedaba en un rango puede caer en otro y necesitar más tomas, más derivadores y más cable.
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